FACUA denuncia a Naturgy ante la Fiscalía Anticorrupción por "presunta conducta delictiva" al manipular el mercado eléctrico para incrementar sus beneficios

La organización de consumidores considera "ridícula" la multa impuesta a Naturgy por la CNMC / Creative Commons

1.8.2023

Consumidores en Acción considera que la multinacional podría haber incurrido en un delito contra el mercado y los consumidores en un intento de disparar sus cifras de rendimiento económico.

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia ha hecho pública una sanción de seis millones de euros a la eléctrica por realizar ofertas a precios excesivos en el periodo comprendido entre el 23 de marzo de 2019 y el 31 de diciembre de 2020 en la zona geográfica de Galicia abastecida por la central Sabón 3.

El expediente recoge que el precio ofertado por Sabón 3 al mercado de restricciones en los entornos de reducida competencia fue un 95% superior al precio de mercado diario, mientras que en los entornos de mayor competencia fue un 34% superior.

Esta práctica le otorgó a Naturgy Generación un beneficio de 43,2 millones de euros, cifra calculada por la CNMC como la diferencia entre los ingresos obtenidos por la central en las horas en las que el entorno fue menos competitivo y los que habría obtenido al aplicar un diferencial sobre el mercado diario para todo el periodo acorde al obtenido en el entorno más competitivo.

Se trata de una sanción cuya cuantía FACUA ha tachado de "ridícula" al tener en cuenta que dicha cantidad supone apenas un 0,4% de los 1.649 millones de euros de beneficios netos que la eléctrica obtuvo el pasado año 2022.

POSIBLE CONDUCTA DELICTIVA DE NATURGY

FACUA considera que de los hechos probados por la CNMC podría desprenderse una posible conducta delictiva por parte de Naturgy en relación al artículo 284 del Código Penal: "Se impondrá la pena de prisión de seis meses a seis años, multa de dos a cinco años, o del tanto al triplo del beneficio obtenido o favorecido, o de los perjuicios evitados, si la cantidad resultante fuese más elevada, e inhabilitación especial para intervenir en el mercado financiero como actor, agente o mediador o informador por tiempo de dos a cinco años".

Además, no considera razonable que la empresa justifique este incremento de precios con el fin de recuperar pérdidas pasadas, sirviéndose de las circunstancias de la zona de Galicia y de la ausencia de competidores para incrementar sus ingresos.