La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplir la normativa sobre depuración de aguas residuales

La UE apuesta por la resiliencia hídrica y la correcta gestión en los Estados miembros de sus aguas residuales / Wikimedia Commons

18.5.2026

Bruselas detecta 114 puntos de incumplimiento en municipios españoles de más de 2.000 habitantes. El procedimiento de infracción fue abierto en 2017 y los avances se consideran «insuficientes».

La Comisión Europea ha decidido remitir a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no cumplir plenamente las obligaciones de recogida, tratamiento y control de aguas residuales urbanas establecidas en la Directiva 91/271/CEE del Consejo. Así lo recoge el paquete de procedimientos de infracción de abril, publicado este miércoles por la Representación de la Comisión Europea en España.

El expediente tiene su origen en una carta de emplazamiento enviada a España en octubre de 2017. En noviembre de 2019 se emitió un dictamen motivado, pero el Ejecutivo comunitario considera que los esfuerzos de las autoridades españolas han sido «insuficientes hasta la fecha», lo que motiva la remisión al tribunal.

Según la Comisión, las aguas residuales sin tratar pueden poner en peligro la salud humana y contaminar lagos, ríos, suelos, aguas costeras y subterráneas. La directiva afectada obliga a los Estados miembros a recoger y depurar las aguas residuales en todas las aglomeraciones urbanas de 2.000 o más habitantes antes de su vertido al medio ambiente.

CUATRO CATEGORÍAS DE INCUMPLIMIENTO EN 114 PUNTOS DEL TERRITORIO 

El informe de la Comisión detalla cuatro tipos de deficiencias distribuidas por todo el territorio español. En primer lugar, en 15 aglomeraciones España no garantiza aún la existencia de sistemas colectores adecuados para la recogida de las aguas residuales. A ello se suman 39 municipios donde no se asegura el tratamiento secundario completo de la carga contaminante, incumpliendo los requisitos exigidos para vertidos en zonas ordinarias. En otras 8 localidades situadas en áreas de especial protección ecológica, las instalaciones no alcanzan el nivel de tratamiento terciario que la directiva impone para los vertidos en zonas sensibles. Por último, en 52 zonas urbanas España no garantiza que los vertidos de las plantas de tratamiento sean objeto de los controles necesarios para verificar su cumplimiento con la normativa comunitaria, lo que convierte esta última categoría en la más extendida de las cuatro.

No es la primera vez que España se sienta en el banquillo europeo por esta materia. El país arrastraba ya más de 87 millones de euros en multas acumuladas por la deficiente gestión de aguas residuales a fecha de 2024, y tenía pendientes otros dos procedimientos ante el TJUE. La nueva remisión amplía ese historial de incumplimientos prolongados.

Aunque el número de puntos de incumplimiento se ha reducido aproximadamente a la mitad desde la apertura del expediente en 2017, la Comisión estima que el retraso acumulado configura un problema de carácter «generalizado» que justifica la acción judicial. En caso de condena, el TJUE podrá imponer una multa a tanto alzado y sanciones coercitivas periódicas hasta que España subsane todas las deficiencias detectadas.

LA RESILIENCIA HÍDRICA DE LA UE EN EL CONTEXTO COMUNITARIO 

La Comisión enmarca esta acción en su agenda de resiliencia hídrica para el conjunto de la Unión. La ejecución plena de la Directiva 91/271/CEE, en vigor desde 1991, es considerada por Bruselas un pilar básico para la protección de la calidad del agua y la salud pública en los 27 Estados miembros.