Euskal Herria Bizirik (opinión) | Euskadi: un Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables totalmente cuestionado

14.3.2024

El 27 de abril de 2023, se presentó a información pública el Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables (en adelante PTS de EERR) mediante una Orden publicada en el BOPV nº 113, del 10 de mayo de 2023. En esta fase de información pública, el plazo para presentar alegaciones al PTS de EERR finalizó el 21 de julio de 2023, ya que la solicitud de prórroga de dicho plazo fue denegada por la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantza Tapia, con el peregrino argumento de la cercanía de la convocatoria de las elecciones municipales y su supuesta influencia en el proceso de difusión, participación y presentación de alegaciones.

No obstante, desde EH Bizirik consideramos que el debate entorno al que debería pivotar la idoneidad de la actual propuesta del PTS de EERR gira en torno a cuatro ideas fuerza:

    • La cuantificación de las necesidades de energía eléctrica en la CAV.
    • La idoneidad de las ubicaciones de posibles centrales de generación de energía eléctrica y su diversificación, de acuerdo con las herramientas de Ordenación del Territorio vigentes.
    • El proceso de participación y transparencia en su redacción.
    • El respeto a la soberanía de las entidades locales.

La CAV depende de las fuentes de energía exógenas, por ello se hace necesario una política de reducción de este consumo, así como potenciar las actividades y un mercado de productos que requieran menor consumo de energía, tanto en los procesos de producción y como en los de distribución.

El debate sobre las necesidades de energía eléctrica no se ha dado todavía, sin embargo, en el PTS de EERR se plantean una serie de posibles ubicaciones bajo el único criterio de la máxima generación de energía. Lo cual, entendemos como una clara estrategia dirigida a la exportación de la energía generada en la CAV hacia las grandes áreas de demanda de ésta, y no, en cambio, al abastecimiento del consumo local. Estrategia que se hace evidente, si atendemos a la simultaneidad de los proyectos de desarrollo de centrales energéticas y de las líneas de evacuación hacia los grandes corredores de transporte de la energía internacionales, y que, por otra parte convierte a nuestro territorio en una colonia energética, en definitiva, en un territorio de sacrificio. 

El PTS de EERR se convierte, por tanto, en el instrumento para la progresiva implantación de todo tipo de instalaciones de generación de energía renovable en la CAV, no sólo las centrales eólicas o fotovoltaicas. Por ello, entendemos que su desarrollo debe contar con el máximo consenso social y, por supuesto, debe ajustarse al marco jurídico de referencia en materia de ordenación territorial de la CAV, las Directrices de Ordenación Territorial (en adelante DOT) y las determinaciones de los Planes Territoriales Parciales de las 15 áreas funcionales del País Vasco.

Sin embargo, la actual propuesta del PTS de EERR ha sido redactada bajo el criterio de contemplar todo el territorio de la CAV como un recurso de explotación. Por tanto, el objetivo perseguido con este PTS de EERR no es otro que definir aquellos espacios donde la posible generación de energía resulte más rentable para las empresas promotoras, en términos exclusivamente económicos. Para ello, se han obviado las premisas que establecen las propias DOT, que impiden la instalación generalizada de centrales eólicas en los montes, o las regulaciones de los usos de los suelos no urbanizables que establecen los PTS sectoriales de la CAV (PTS Agroforestal, PTS de Protección y Ordenación del Litoral, PTS de Ordenación de Ríos y Arroyos, PTS de Zonas Húmedas) o las propias incompatibilidades con los Planes Territoriales Parciales (PTP) de las Áreas Funcionales en vigor. Estas contradicciones, a tenor de lo que establece la propia Ley de Ordenación del Territorio y del criterio de jerarquía normativa, debería suponer causa de nulidad total o parcial del PTS de EERR propuesto.

La urgencia en la tramitación de este PTS de EERR esbozado en el 2021, sin contar con el más mínimo consenso social y alterando el espíritu de las normas que han marcado, hasta ahora, la regulación del desarrollo y ordenación de nuestro territorio, evidencia una clara intención de supeditar la redacción del PTS de EERR a los intereses privados, frente a lo que debería ser un planteamiento basado en el interés común y en el respeto del entorno natural y rural de la CAV; estrategia reforzada, sin duda, por la indudable, y tan manida, crisis climática actual.

La instalación masiva e indiscriminada de centrales fotovoltaicas y eólicas ocasionaría, sin duda, una gran afección al medio natural y rural; alterando de forma definitiva no sólo el paisaje, sino la actividad social y económica de las zonas elegidas para su ubicación. Por ello, se debería hacer una profundo análisis de la idoneidad de estas ubicaciones, con criterios en los que prime el interés social presente y futuro. Señalar al respecto, que específicamente se han emitido informes contrarios por los departamentos técnicos de las diputaciones forales que, sin embargo, no han sido, en ningún caso, tenidos en cuenta. Como tampoco han obtenido ningún tipo de respuesta las diferentes comunicaciones efectuadas por Ayuntamientos afectados en las que se denunciaba la ilegalidad urbanística de los correspondientes proyectos presentados.

Por otro lado, el proceso de participación real de las entidades locales y ayuntamientos en la redacción del propio PTS de EERR ha sido nulo. Además, se proponen centrales ubicadas en suelo rural que no están contempladas en las propias normas urbanísticas y territoriales de los municipios, incluso, se prevén posibles instalaciones en áreas protegidas, hasta el extremo de que la casi totalidad de las posibles ubicaciones de centrales fotovoltaicas se prevén en localizaciones con un alto valor agrológico y, por tanto, en zonas de interés estratégico.

Por otro lado, se da la circunstancia de que falta por publicar la resolución obligatoria de impacto del PTS de EERR por el Órgano Ambiental competente, que también reside en el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, lo que constituye un evidente conflicto de intereses, dado que el titular del departamento que tiene la competencia para elaborar el PTS de EERR tiene, a su vez, la responsabilidad de evaluar su impacto.

Hoy, más de siete meses después de que Ayuntamientos, Juntas Administrativas, asociaciones y particulares presentaran más de 4.000 alegaciones al PTS de EERR, seguimos sin recibir respuesta del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, órgano competente para tramitar este Plan.

¿Dónde están los límites?
 
Estáis invitadas a la manifestación que haremos el día 13 de abril a las 18:00 h en Azpeitia. ¡Vayamos de la mano!

Euskal Herria Bizirik