Varapalo a la gestión del PP en materia energética: la Justicia marca el camino a seguir en la lucha contra el desastre provocado por los parques eólicos en Galicia

Según el TSXG, la repotencianción del parque eólico de Corme autorizada por la Xunta incumplió la legislación europea en maeria ambiental / Asociación Salvemos Cabana

30.1.2022

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la repotenciación del parque eólico de O Roncudo, en Corme (Ponteceso, A Coruña), autorizada por la Xunta debido a que redujo a la mitad -de 30 a 15 días- el plazo para consultar el informe del impacto ambiental del proyecto y presentar alegaciones. Además, los jueces destacan en la resolución, pionera en este ámbito, que, en contra de la directiva europea, el expediente que se sometió a exposición pública carecía de los informes sectoriales. 

La Sala explica en la sentencia que el Gobierno gallego acordó, en febrero de 2018, declarar de “interés especial” la modificación sustancial del parque, lo que implicaba “tramitarla de forma prioritaria” y, por tanto, reducir de 30 a 15 días hábiles los plazos del procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción, así como los del procedimiento de evaluación ambiental y del proyecto sectorial. 

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo, sin embargo, ha declarado que no procede aplicar la Ley 5/2017, que establece un plazo de 15 días para el trámite de informar a la ciudadanía sobre este tipo de proyectos. Los jueces destacan que esa ley es contraria a dos directivas europeas en materia de medio ambiente, las cuales fijan un plazo mínimo de 30 días para ese trámite

De esta forma, los magistrados subrayan en el fallo que, si bien “nada impide reducir el plazo de información pública de 30 días a la mitad” en la actuación dirigida a obtener la autorización previa y de construcción del parque, aseguran que “no sucede lo mismo” en el trámite que concierne a la evaluación ambiental. Así, hacen referencia a la directiva europea de 16 de abril de 2014, que dispuso que el plazo fijado para la consulta del público interesado sobre el informe de evaluación del impacto ambiental no será inferior a 30 días

El alto órgano judicial destaca que “la primacía del derecho comunitario sobre el autonómico no deja lugar a dudas”, al tiempo que recalca que, de ello, se concluye que, en este caso, no fue de acorde a derecho la reducción del plazo de información pública a 15 días en el procedimiento de evaluación del impacto ambiental. Además, indica que, aunque el trámite de exposición pública que concierne al proyecto de ejecución y el relativo al estudio de impacto ambiental deben realizarse conjuntamente, para el primero la ciudadanía dispone de un plazo de 15 días para presentar alegaciones y, para el segundo, de 30 días.  

Además, el TSXG asegura que, según la directiva europea, antes de adoptar la decisión definitiva sobre el proyecto que se promovía, es decir, antes de someterlo a información pública, la Xunta debió presentar los informes sectoriales. Al no hacerlo, según la Sala, las personas interesadas “no pudieron ejercer de forma plena su derecho a participar de forma efectiva y con pleno conocimiento de todas las opciones que se presentaban”. 

El TSXG resalta que la directiva europea establece que “el público interesado tendrá la posibilidad real de participar desde una fase temprana en los procedimientos de toma de decisiones ambientales”, a cuyo efecto “tendrá derecho a expresar observaciones y opiniones, cuando estén abiertas todas las opciones, a la autoridad o autoridades competentes, antes de que se adopte una decisión sobre la solicitud de autorización del proyecto”.

REACCIONES POLÍTICAS

Desde la clase política, el BNG ha anunciado a través de su diputada Noa Presas que pedirá responsabilidades a la Xunta tras la sentencia a través del registro de una batería de iniciativas de un proyecto eólico, el de Corme, que ya había sido tratado en sede parlamentaria tras las denuncias de las personas propietarias de los terrenos afectados ante la realización de numerosas ilegalidades por parte de la empresa como la construcción de pistas en terrenos sin expropiar, la expropiación de fincas ocupadas por el antiguo parque eólico o la modificación irregular de contratos en vigor.

El BNG incide en que el problema de fondo es la necesidad urgente de una nueva ordenación del sector que permita un desarrollo eólico que sea "respetuoso con la población, con las garantías democráticas y con respecto la medio ambiente".

El PSdeG, por su parte,  ha pedido al Gobierno gallego "adaptar el modelo eólico a estos tiempos de una manera planificada, sostenible, responsable y más justa" consensuando las actuaciones que se realicen sobre el territorio de la mano de las comunidades.

La portavoz de Energía del Grupo Socialista, Noelia Otero, censura lo que denomina como un "total fracaso" de la política energética de la Xunta, que está caracterizada por "improvisaciones legislativas realizadas de manera unilateral que solo generan divisiones e inseguridad jurídica" entre los diferentes actores implicados.

Para Anova, la resolución judicial del TSXG "retrata" la "connivencia" del PP de Alberto Núñez Feijóo con las grandes empresas energéticas, y pone de manifiesto una vez más "que la única política de la Xunta de Galicia en el sector eólico es el negocio de las grandes empresas aunque tenga que pasar por encima de la ciudadanía, del paisaje, del patrimonio o de la biodiversidad".

"Cuando ya está demostrado que no se dan las condiciones de planificación protección del territorio y participación pública en los procesos la Xunta de Galicia no puede seguir abocando a que la guerra judicial sea la única defensa. Debe parar este desastre y rectificar su política de expolio eólico" -ha declarado al respecto el portavoz nacional de Anova Antón Sánchez.